Iberdrola vs. Redeia: Un juzgado mercantil de Madrid se declara competente en la demanda por el apagón de 2025
La batalla legal por el apagón eléctrico de abril de 2025 ha dado un giro crucial. La Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Madrid Plaza nº 15 ha rechazado la declinatoria presentada por Red Eléctrica de España (REE) y Redeia Corporación, confirmando su competencia para conocer la demanda de Iberdrola España. El juez ha desestimado los argumentos de las demandadas, que pretendían que el caso fuera resuelto por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) o por la jurisdicción contencioso-administrativa.
El magistrado ha establecido que el núcleo del litigio no es técnico ni regulatorio, sino "estrictamente mercantil". Iberdrola ejerce una acción de denigración al amparo de la Ley de Competencia Desleal, centrada en las declaraciones públicas e informaciones difundidas por REE y Redeia tras el apagón. La compañía alega que estas comunicaciones dañaron su reputación en el mercado, situando el conflicto en el ámbito de las prácticas comerciales y no en el de la supervisión regulatoria de la red.
Esta resolución judicial redefine el terreno de juego para un litigio de alto perfil que enfrenta a dos gigantes del sector energético español. Al mantener el caso en la jurisdicción civil mercantil, se abre la puerta a un proceso centrado en la responsabilidad por comunicación corporativa y competencia desleal, con posibles implicaciones reputacionales y económicas significativas. El fallo presiona a REE y Redeia a preparar su defensa en un foro que Iberdrola considera el adecuado para su reclamación por daño a su imagen.